¿Qué es el despido objetivo?
El despido objetivo es la extinción del contrato de trabajo por decisión de la empresa basada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en la ineptitud sobrevenida del trabajador, reguladas en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores. A diferencia del despido disciplinario, no exige un incumplimiento del trabajador, sino una justificación objetiva de la necesidad de amortizar el puesto de trabajo.
Indemnización por despido objetivo: 20 días por año
El artículo 53.1.b) del Estatuto de los Trabajadores establece que el despido objetivo procedente da derecho a una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, con un tope máximo de 12 mensualidades. Los periodos de servicio inferiores a un año se prorratean por meses, y cualquier fracción de mes se redondea al alza a favor del trabajador.
Además de la indemnización, la empresa debe comunicar el despido por escrito, con un preaviso mínimo de 15 días, y poner a disposición del trabajador el importe de la indemnización en el momento de la comunicación (artículo 53.1 ET). Si no se pone a disposición o el despido se declara improcedente por falta de causa acreditada, la indemnización pasa a calcularse conforme a las reglas del despido improcedente (33 días por año).
Finiquito y otros conceptos incluidos
Junto con la indemnización, tienes derecho al finiquito completo: el salario proporcional de los días trabajados del mes de la baja, las vacaciones no disfrutadas (artículo 38 ET) y, si tu salario se paga en 14 pagas, el prorrateo de las pagas extraordinarias devengadas y aún no cobradas. Completa el formulario superior con tus fechas y salario para ver el desglose exacto.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de indemnización corresponden por despido objetivo?
20 días de salario por año de servicio, con un tope máximo de 12 mensualidades (artículo 53.1.b del Estatuto de los Trabajadores).
¿Qué pasa si la empresa no pone el importe a mi disposición?
Si la empresa no pone a disposición la indemnización en el momento de la comunicación, o el despido se declara improcedente por falta de causa acreditada, la indemnización pasa a calcularse con la fórmula del despido improcedente: 33 días de salario por año (artículo 56.1 ET).